La COVID19 plantea como reto definitivo para un rastreo eficiente, si no hay capital humano para hacerlo de modo tradicional, que una app móvil covid se encargue de rastrear tus movimientos para poder así saber dónde estuviste y con quién te cruzaste. ¿Qué ofertas hay sobre la mesa? ¿Qué ha preparado el Gobierno de España para esto? ¿Qué implicaciones legales se plantean? Vamos a verlo.
El pasado 28 de marzo el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó “una serie de medidas dirigidas a proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública”. En la Orden SND/297/2020, se encomendaba la creación de una aplicación móvil para realizar al usuario la autoevaluación en base a los síntomas médicos que comunique, acerca de la probabilidad de que esté infectado por el COVID-19, ofrecer información al usuario el mismo y proporcionar consejos prácticos y recomendaciones de acciones a seguir según la evaluación. Permitirá la geolocalización del usuario a los solos efectos de verificar que se encuentra en la comunidad autónoma en que declara estar. Ya está disponible y se llama AsistenciaCOVID19.
El 30 de abril ya se dieron más datos en el BOE. Detrás, había empresas tan interesantes como Carto y un convenio con Telefónica que le obliga a:
- Gestión operativa.
- Alojamiento.
- Implementación y despliegue.
- Tratamiento de los datos personales de los usuarios.
Además, se encargó un estudio de movilidad que siga el modelo que ya emprendió el año pasado el Instituto Nacional de Estadística (INE) “a través del cruce de datos de los operadores móviles, de manera agregada y anonimizada”. Se llama DataCOVID19, eso sí, ciñéndose “a los días previos y durante el confinamiento”. Por tanto, no rastrea movimientos individuales, sino que emplea datos de posicionamiento de los dispositivos móviles, proporcionados directamente por los operadores y eliminando cualquier información personal, sin identificar ni realizar seguimientos de números de teléfono o titulares de forma individual.
Durante las semanas posteriores corrieron por Internet toda suerte de bulos afirmando que nos vigilaban pero no era así y basta con leer el texto legal para comprobarlo. Aunque son proyectos distintos, la instalación de la app y la autorización de la geolocalización son voluntarias. Y el estudio del INE utiliza las posibilidades que ofrece el big data para analizar grandes cantidades de información y extraer conclusiones útiles, ganando así en eficiencia para una toma de decisiones basada en la evidencia, más coordinada y adaptada a cada territorio.
Sin duda, se trata de dos acciones muy interesante para coadyuvar en la lucha contra la pandemia de la COVID19 pero las mismas preguntas quedaban en el aire al conocerlas. ¿Son suficientes? ¿Debemos ir más allá? Y, sobre todo, ¿es posible legalmente?
Llevando la app al siguiente nivel
El 10 de abril, Google y Apple se aliaron para poner en marcha un par de aplicaciones en sus respectivos sistemas operativos. Se desarrollarían dos API para poder ejecutar un rastreo de contactos por Bluetooth, de forma que fuesen accesibles a aplicaciones de terceros con limitaciones, como el hecho de no poderse rastrear ni guardar ubicaciones GPS.
El Gobierno de España se dio cuenta con esto que se podía ir más allá. Teníamos la autoevaluación y los movimientos en una etapa pasada. Cruzando los mismos y aprovechando nuevos datos y una tecnología ya madura por dos gigantes como Google y Apple, quizá teníamos la solución. Y aceptaron usarla. De momento, estamos a la espera de su salida y del piloto prometido para junio en las Islas Canarias. Y de su afianzamiento depende que se extienda al resto del país.
Las aplicaciones de rastreo de contactos, basadas en tecnologías de corto alcance como el bluetooth en lugar de la geolocalización, son muy útiles desde una perspectiva de salud pública. Dichas aplicaciones podrían alertar a las personas que han estado cerca de una persona infectada durante un tiempo determinado, incluidas aquellas que tal vez no lo hayan notado o no lo recuerden, sin rastrear la ubicación del usuario. En combinación con otros métodos, como los cuestionarios, estas aplicaciones podrían permitir una mayor precisión y ayudar a limitar una mayor propagación de la enfermedad, mientras que el riesgo para la privacidad es limitado.
Cómo funcionaría la app de rastreo
Una vez dado el necesario consentimiento al uso de Bluetooth a efectos de la detección de proximidad, la aplicación empezará a generar unas claves temporales que se compartirán con otros dispositivos que tengan instalada una aplicación de rastreo de contactos de la UE. Si te encuentras mal y recibes un diagnóstico positivo de COVID-19, tu autoridad sanitaria pública te permitirá confirmar esa circunstancia a través de la aplicación. En ese momento, el rastreo de contactos electrónico activará una alerta dirigida a las personas con las que hayas estado en contacto.
Esos usuarios recibirán una notificación sobre su exposición y consejos acerca de las medidas que tengan que adoptar —por ejemplo, autoaislarse o someterse a una prueba de detección—, y podrán ponerse en contacto con la autoridad sanitaria. En ningún momento se revelarán su identidad ni el lugar y el momento exacto del contacto.
Qué hace el resto del mundo
Al menos 30 gobiernos nacionales (incluyendo países como China, Alemania, Francia, Italia o Austria) actualmente apoyan las llamadas aplicaciones de rastreo, según la base de datos creada por la revista especializada estadounidense MIT Technology Review. En 23 países están actualmente en uso y muchos otros las quieren usar (España, Estonia, Irlanda, Finlandia, Holanda, Portugal, etc.).
Los primeros resultados no son halagüeños: bajo número de usuarios y bajo beneficio en el seguimiento de contactos. Por poner algunos ejemplos tenemos 1.5 millones de descargas en Francia en 10 días (2%) ó 2.2 millones de descargas en Italia.
El éxito de una app así depende en gran medida de la llamada tasa de penetración, la cantidad de personas en la población que instalan la aplicación pero también de que la usen permanentemente y de que no la desinstalen si obtienen una PCR positiva al COVID19.
Obvio que con más usuarios, mejores resultados pero no por eso debemos perder la esperanza. Si la vacuna de la gripe no logra inmunizar cada año a un porcentaje importante de la población en España porque no se la ponen, siendo gratuita y con beneficios científicamente probados, es lógico pensar que con esta aplicación no habrá resultados contundentes. Quizá no sea masiva pero, a bajo nivel, también ayudará.
Cualquier uso será mejor que nada. Hay mucho trabajo por hacer desde el punto de la sensibilización a través de la publicidad para abandonar el mito de que nos roban la privacidad. No es una cuestión menor y hay que luchar siempre por el bien común.
Para contrarrestar la desinformación, se ha creado por ejemplo www.EUvsDisinfo.eu, dando protagonismo a fuentes autorizadas, reduciendo la visibilidad de contenidos demostradamente falsos o engañosos y eliminando aquellos que sean ilegales o puedan ocasionar daños físicos.
Y es que no deja de ser irónico el hecho de que nos damos de alta en Gmail para disfrutar de un correo gratis que sirve a Google para comerciar con nuestros datos; Twitter predice la nueva ola de gripe en virtud del big data que proveemos comentando cuándo nos sentimos mal; subimos fotos a Facebook y con sus reacciones nos conocen casi mejor que nosotros mismos pero… ¿contra una pandemia mundial no somos capaces de ver las virtudes de una app anónima de rastreo?
La Unión Europea también quiere su anillo único
Los Gobiernos europeos pactaron ayer 16 de junio un conjunto de estándares técnicos para garantizar la interoperabilidad entre las diferentes aplicaciones nacionales. Esto significa que podrán funcionar sin interrupción y de forma transparente para el usuario cuando viajes a otro país de la Unión Europea. Es algo que ya se ha trabajado para otros sectores como justicia o interior. La información de proximidad compartida entre las aplicaciones se intercambiará de manera cifrada.
Que todos los países tengan una app será vital para el seguimiento de modo que si un turista alemán llega a Mallorca, pueda seguir siendo «traceado» y así ante un eventual contagio, poder tomar medidas de control las personas con las que se cruzó. De momento, tendremos que esperar aunque el acuerdo alcanzado seguramente terminará por acelerar el proceso para que esté listo con la entrada de la nueva normalidad.
Ser más rápido no es algo vital aquí. Conseguir muchas descargas, cumplir con las especificaciones, un buen depurado UX/UI y sensibilización al beneficiario, porque es más eso que un usuario, sí es la piedra angular.
Eso sí, el Parlamento Europeo hizo hincapié, en su resolución del 17 de abril de 2020 y durante un debate en el pleno el 14 de mayo, en que cualquier medida digital contra la pandemia debe cumplir plenamente con las normas de protección de datos y privacidad.
Qué legislación debe cumplirse
Definitivamente tenemos todo en el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) y la directiva de privacidad electrónica. Por si no fuera suficiente, la Unión Europea preparó directrices y medidas para tener claro cómo desarrollar cualquier aplicación relacionada con el COVID-19, preparada por la Comisión en cooperación con los Estados miembros. El Parlamento ha recalcado la necesidad de que estas aplicaciones estén diseñadas cuidadosamente para no exponer los datos confidenciales de los usuarios.
Bruselas, en cualquier caso, ha impuesto una serie de reglas muy estrictas en materia de privacidad para las apps de la COVID19. Deben ser aprobadas por las autoridades sanitarias de cada país miembros y respetar las reglas de la Unión Europea de protección de datos, con instalación voluntaria y rechazan geolocalización de personas con GPS. Por supuesto, datos anonimizados sin revelar identidad de personas.
En definitiva, las aplicaciones de rastreo han de ser voluntarias, transparentes, seguras e interoperables, y deben respetar la privacidad de las personas. Emplearán identificadores arbitrarios, y no se utilizarán ni la geolocalización ni datos relativos a los movimientos. Todas las aplicaciones serán temporales, de tal modo que deberán desmantelarse en cuanto acabe la pandemia.
¿Debemos ir más allá?
Muchas personas estarían dispuestas a dejarse geolocalizar, como ya lo hacen con Facebook o Google Maps, con el fin de poner fin cuanto antes al COVID19; detectar casos de forma precoz y avanzar en el tratamiento temprano y aislamiento de personas positivas. De momento en la Unión Europea ya sabemos que no llegaremos a ese punto.
La Agencia Española de Protección de Datos ha recordado que para que el tratamiento de los datos personales de salud sea lícito, aquellos ciudadanos que hayan dado positivo en la prueba del Covid-19 sólo podrán ser geolocalizados a través de su móvil siempre que lo hayan facilitado previamente. Y el único dato de geolocalización que se podría facilitar a los operadores de telecomunicaciones es el número de teléfono móvil. Y solo se prevé una excepción: que el Ministerio de Sanidad considerara que fuera imprescindible facilitar algún otro dato a los efectos del seguimiento de la enfermedad.
Actualizado 23 de junio de 2020:
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